CAMPAÑA DE LAS TRES “C”

La Secretaría de Gobierno remite a Usted para su conocimiento y atención procedente, del dictamen de de acuerdo de la Segunda Comisión de Trabajo de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, de fecha 23 de enero del año 2018.

“Se exhorta respetuosamente a las autoridades estatales y municipales de las 32 entidades federativas, para que en el ámbito de sus posibilidades presupuestarias, implementen todas las medidas necesarias para ejecutar acciones con padres y madres de familia, así como docentes que ayuden a dar un mayor impulso a la campaña de las tres “C”, confíe, créales, y comuníqueles, a fin de evitar el abuso sexual en niñas, niños y jóvenes”.

Para ampliar el tema, le referimos las leyes que atañen a la protección de los niños, niñas y adolescentes y que enmarcan la colaboración de los municipios.

LEY GENERAL DE LOS DERECHOS DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES.

Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 04 de diciembre del año 2014, la cual entró en vigor al día siguiente de su publicación.

Artículo 2. Para garantizar la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las autoridades realizarán las acciones y tomarán medidas, de conformidad con los principios establecidos en la presente Ley. Para tal efecto, deberán:

III.    Establecer mecanismos transparentes de seguimiento y evaluación de la implementación de políticas, programas gubernamentales, legislación y compromisos derivados de tratados internacionales en la materia.

El interés superior de la niñez deberá ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones sobre una cuestión debatida que involucre niñas, niños y adolescentes. Cuando se presenten diferentes interpretaciones, se elegirá la que satisfaga de manera más efectiva este principio rector.

Cuando se tome una decisión que afecte a niñas, niños o adolescentes, en lo individual o colectivo, se deberán evaluar y ponderar las posibles repercusiones a fin de salvaguardar su interés superior y sus garantías procesales.

Las autoridades de la Federación, de las entidades federativas, de los municipios y de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal, en el ámbito de sus competencias, deberán incorporar en sus proyectos de presupuesto la asignación de recursos que permitan dar cumplimiento a las acciones establecidas por la presente Ley.

La Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, los Congresos locales y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, establecerán en sus respectivos presupuestos, los recursos que permitan dar cumplimiento a las acciones establecidas por la presente Ley.

El Fondo de las Naciones Unidas para la infancia o Unicef’​ es un programa de la Organización de las Naciones Unidas, del cual forma parte nuestro país, por lo que es de observancia general.

https://www.unicef.org/mexico/spanish/17042.html

Exhorto campaña de las tres C